La oferta de plataformas de streaming gratuitas en España no ha parado de crecer en los últimos años y, aunque la ley en torno a ellas ha ido estableciéndose acorde con este crecimiento y se han establecido una serie de normativas de obligado cumplimiento, según el último informe de AVC Audiovisual Compliance, no todas las plataformas lo cumplen. Según la consultora especializada en cumplimiento de normativa audiovisual, cuyo informe se centra en las plataformas de streaming de cine y series de acceso gratuito, ninguna de las analizadas cumple con la Ley General de Comunicación Audiovisual de forma total.
Para ello, el informe las clasifica en función del grado de cumplimiento normativo de cada una de ellas: inexistente cuando no se sigue de manera alguna el marco legal; parcial cuando se observa solo en parte la regulación y total en caso de que se acate al 100%.
Para el informe se han estudiado diez servicios de comunicación audiovisual tanto públicos como privados y de diversos tamaños con cine y series, aunque algunos ofrecen también otros contenidos: DIVERGENTE (formatos inferiores a 55 min), eFilm (streaming para bibliotecas), Filmoteca en RTVE Play (archivo histórico), La RED del cine doméstico (películas domésticas), MiradaNativa (contenido de autoría indígena), OCULTO.TV (streaming de Murcia), Olympic Channel (eventos deportivos), PLAT (archivo de cine independiente), Platfo (cine español del ICAA) y RTVE Play. Todos estos servicios tienen su sede en el Estado español, con independencia de su origen, por lo que están obligados a cumplir las leyes españolas.
Algo que, según el informe, no ocurre como debería, ya que se han observado deficiencias tanto en el cumplimiento de la Ley General de Comunicación Audiovisual (2022) como en la Ley del Cine (2007) y la Ley de servicios de la sociedad de la información y del comercio electrónico (2022), además de diferentes desarrollos reglamentarios que afectan a los servicios de comunicación audiovisual vía streaming, teniendo en cuenta la transparencia informativa y la protección de los usuarios, sobre todo de los menores de dieciocho años.

INCUMPLIMIENTO
El primer punto analizado en el informe es el cumplimiento de la Ley General de Comunicación Audiovisual que, aunque no es la única, es la principal norma que rige a las plataformas gratuitas de cine y series, entre otros prestadores de servicio. El informe establece que ninguna de las diez analizadas llega a cumplir al completo con las obligaciones de información y datos conforme a esta ley.
En cuanto a los mecanismos de protección de menores de 18 años por medio de la calificación por edades, se ha detectado que las OTTs gratuitas las emplean de manera irregular. El Código de autorregulación sobre contenidos televisivos e infancia está a la espera de que se apruebe su posible sustituto, el denominado Código de conducta para la calificación de los programas y contenidos audiovisuales y sistema de descriptores. El streaming gratuito de cine y series aún no ha empezado a implementar las nuevas obligaciones de este código.
Al realizar el informe, cinco de las plataformas analizadas utilizan de manera generalizada las calificaciones por edades acompañadas en general de los colores asignados a las mismas, aunque se han observado deficiencias en el uso de calificaciones ya desaparecidas o incorrectas, así como códigos de señales visuales erróneos. En las otras cinco no se observa ninguna calificación por edades.
Por otro lado, la Ley del Cine actual afecta a las plataformas de streaming con contenidos cinematográficos bajo demanda y en el mecanismo de calificación por edades. Así, las películas calificadas tanto por el ICAA (Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales) como por el catalán ICEC (Institut Català de les Empreses Culturals) deben aparecer en las plataformas de vídeo bajo demanda acompañadas de una serie de datos imperativos referentes a la edad.
Entre las diez plataformas analizadas, hay ocho que sí tienen ese tipo de obras audiovisuales (películas) en sus catálogos, pero en ninguno de los casos se observan las obligaciones de la Ley del Cine, desatendiendo la protección de menores a la que obliga la ley.
La Ley de Servicios de la Sociedad de la Información (LSSI) exige mostrar al ciudadano que entra en las webs de plataformas de streaming una serie de informaciones legales y datos que afectan directamente al prestador de la misma de forma permanente, fácil y directa. Sin embargo, faltan algunos de esos datos en las diez plataformas analizadas, por lo que la transparencia informativa es otro de los puntos débiles de las OTTs gratuitas en el informe. Además, algunas de ellas no siguen la LSSI en sus datos de contacto.
Las OTTs gratuitas del informe también fallan a la hora de mostrar los banners o avisos de cookies, obligatorios desde el momento en que una web las emplea para recoger la información personal de los usuarios de la misma. Su privacidad y sus datos personales deben protegerse y los streamers estudiados no lo hacen correctamente.
Sin ser normativas audiovisuales como tal, las webs con cookies deben incluir estos avisos según se encuentra establecido en el Reglamento General de Protección de Datos del Parlamento Europeo y del Consejo, la LSSI y la Directiva ePrivacy, relativa al tratamiento de los datos personales y a la protección de la intimidad en el sector de las comunicaciones electrónicas.
En este apartado, también fallan las 10 plataformas analizadas, ninguna de las cuales está al día con sus obligaciones al respecto. Además, tres de ellas ni siquiera tienen dicho aviso a pesar de emplear cookies en su funcionamiento.
Otro de los aspectos que destaca el informe es el anticuado uso del CIF (Código de Identificación Fiscal) en muchas de estas plataformas, a pesar de haber desaparecido oficialmente en 2008 en favor del NIF (Número de Identificación Fiscal), tanto para las personas físicas como para las jurídicas. Así, cuatro de las OTTs del informe continúan usando el CIF en vez del NIF, mientras que tan solo dos muestran el correcto NIF y otras cuatro no indican ni uno ni otro.

El informe reserva un apartado para analizar la protección de los derechos de autor y de propiedad intelectual, es decir, la protección contra piratería a través de la Ley de propiedad intelectual. A pesar de que algunas de las OTTs estudiadas presentan tecnología DRM (Digital Rights Management), un obstáculo para la descarga de contenidos de manera ilegal, el informe asegura que por sí sola es una tecnología insuficiente para conseguirlo.
Siguiendo con el contenido ilegal o pirata, el informe revela que dentro de la oferta de contenidos audiovisuales de plataformas de streaming legales disponibles en el territorio español hay algunas, tanto nacionales como extranjeras, con obras audiovisuales consideradas piratas, especialmente películas y series.
Así, una de las diez plataformas del informe ofrece películas que proceden de la denominada “piratería legal”, con origen en ediciones en DVD y Blu-Ray en las que no se muestra el Depósito Legal. A este respecto, el informe denuncia además el empleo de carátulas piratas acompañando películas licenciadas en dos de las plataformas analizadas.
Este informe, el tercero que AVC Audiovisual Compliance publica tras los centrados en las OTTs autonómicas y las plataformas de streaming en Euskadi, revela con todos estos datos un claro desajuste en el que los streamers analizados apenas siguen las normativas y leyes con las que están obligadas a cumplir.
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