La Comisión de Propiedad Intelectual fija la tarifa general por el uso de fonogramas para las televisiones

La resolución, publicada en el BOE el pasado 11 de julio, está en vigor desde el 16 de julio.

La Sección Primera de la Comisión de Propiedad Intelectual (SPCPI) ha aprobado la resolución que determina la tarifa general aplicable a los operadores de televisión por la comunicación pública y reproducción de fonogramas publicados con fines comerciales. El acuerdo, adoptado el pasado 2 de julio y publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 11 de julio, entró en vigor el 16 de julio.

La tarifa será de aplicación a los operadores de televisión en abierto y a los operadores tradicionales de televisión de pago que lleven a cabo actos de explotación de los derechos incluidos en la resolución.

La Comisión subraya que la nueva regulación no modifica los acuerdos alcanzados previamente entre la entidad de gestión AGEDI-AIE y los operadores de televisión, que seguirán siendo plenamente válidos. Tampoco impedirá que ambas partes alcancen nuevos acuerdos, tanto para periodos futuros como para ejercicios anteriores que permanezcan pendientes de liquidación.

Según la SPCPI, mantener una tarifa estable en el tiempo aporta seguridad jurídica tanto a las entidades de gestión como a los usuarios, además de reducir los costes derivados de posibles revisiones tarifarias.

La resolución también fija el importe de la tasa correspondiente al procedimiento administrativo. Para determinarla, la Comisión tiene en cuenta la cifra anual estimada vinculada a la explotación de los derechos objeto del conflicto y el periodo de vigencia de la resolución. La normativa establece, en cualquier caso, una cuantía mínima de 16.659,47 euros cuando el volumen económico estimado no supera los 16.659.470 euros.

En este procedimiento, la Comisión considera que el valor anual estimado de la explotación de los derechos de AGEDI-AIE por parte de los operadores afectados se sitúa por debajo de ese umbral, por lo que fija la tasa en 16.659,47 euros.

De esa cantidad, AGEDI-AIE deberá asumir el 50%, equivalente a 8.329,73 euros, mientras que el otro 50% será abonado a partes iguales por Atresmedia y Mediaset España, que deberán hacer frente a 4.164,87 euros cada una.

La resolución pone fin a la vía administrativa. No obstante, podrá ser recurrida ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses desde su notificación o, con carácter potestativo, mediante recurso de reposición ante la propia Sección Primera de la Comisión de Propiedad Intelectual en el plazo de un mes.

© REPRODUCCIÓN CONFIDENCIAL